A todas las personas les llega un momento en la vida en el que, con suerte, empiezan a trabajar y a ganar dinero. A partir de ese momento desaparecen las seguridades financieras que hemos tenido hasta ahora y llega el momento de empezar una relación con las arcas públicas que durará toda la vida. Si tenemos en cuenta las herencias, incluso más allá de la vida.

Encontramos cinco grandes grupos de ingresos, que hay que conocer para poder identificarlos a la hora de hacer nuestra declaración al fisco. Son los siguientes:

La declaración de la renta de un trabajador. ¿Qué son los rendimientos del trabajo?

Se consideran rendimientos del trabajo aquellas contraprestaciones, independientemente de su nombre, que deriven de una forma u otra del trabajo personal dentro de una relación laboral. Deben ser satisfechos por el empleador, no por el trabajador obligado a tributar, de ahí que se diga que el trabajador desarrolla un trabajo por cuenta ajena y no una actividad económica.

El trabajo del empleado se puede remunerar en dinero o en especie. Cuando no son rentas dinerarias, sino bienes y servicios, estamos ante un pago en especie. La remuneraciones posibles se dividen en cuatro grandes grupos: rendimientos que derivan de una relación laboral, dietas y gastos de viaje, rendimiento en especie, rendimientos asimilados.

Los rendimientos del capital inmobiliario.

Este tipo de rendimientos constituyen  la segunda gran categoría, se incluyen aquí los rendimientos procedentes de bienes inmuebles y de capital mobiliario, así como todas las utilidades, cualquiera que sea su denominación, que provengan de estos elementos patrimoniales.

En este supuesto, uno de los rendimientos puede estar constituido en dinero o en especie, pero hay que descontar los gastos previstos por determinadas actividades, tales como el mantenimiento. Nos referimos a los rendimientos de capital a los que provienen de elementos patrimoniales derivados de operaciones de uso de capital ajeno. Por otro lado, también se incluye la imputación de rentas inmobiliarias, que va a suponer aquellas rentas procedentes de determinados bienes inmuebles.

Los rendimientos del capital mobiliario.

Aquí encontramos un concepto relativamente moderno como es la renta de ahorro, donde se incluyen unos rendimientos y ganancias frente a unas pérdidas patrimoniales. A nivel europeo, por ejemplo, se busca con este impuesto el poder gravar de forma proporcional la renta del ahorro de una forma neutral, mientras se sigue manteniendo la proporcionalidad en el resto de las rentes. Esta figura especial se clasifica en:

–          Rendimientos obtenidos por la participación de fondos propios en cualquier tipo de entidad.

–          Rendimientos obtenidos por la participación de terceros en capitales fondos.

–          Rendimientos procedentes de operaciones de capitalización de contratos de seguros o rentas derivadas de la imposición de capitales.

Los rendimientos de actividades económicas

Son los que proceden del trabajo personal, pero también del capital, y es propio de las actividades empresariales y profesionales en la que, una persona autónoma, si bien trabaja, también es responsable de una actividad económica productiva.

Para considerar esta categoría han de cumplirse dos requisitos:

–          Que el desarrollo de la actividad cuente, al menos, con un local dedicado en exclusiva,

–          Que la ordenación de la actividad emplee al menos a un trabajador a jornada completa

Ganancias y pérdidas patrimoniales

Esta categoría, exige, para ser de aplicación en el impuesto de la renta, que exista una variación en el valor del patrimonio del sujeto pasivo y que esa variación implique una alteración en la composición del mismo.

Conclusiones:

Esta breve introducción nos debe servir para conocer qué actividades económicas están sujetas a imposición ya que, la realización de una o de otra, altera sensiblemente la cantidad de la cuota imponible. Muchos de nosotros conocemos de sobra que es la renta del trabajo, pues hemos sido, tanto nosotros como muchos en nuestro entorno, asalariados con relaciones laborales, pero lo que tenemos que tener claro ahora, es que, si penetramos en el mundo de los negocios y de las actividades financieras, debemos controlar también el resto de categorías especiales que están sujetas a tributación si no queremos tener un disgusto con la Hacienda Pública.